Constitución, Adquisición y Efectos jurídicosLa servidumbre es un derecho real que limita el dominio de un predio en beneficio de otro. En el ordenamiento jurídico ecuatoriano, la servidumbre voluntaria se encuentra regulada en el Código Civil, particularmente en los artículos 924 al 928, que establecen su forma de constitución, modos de adquisición y efectos legales.Este artículo analiza su naturaleza jurídica, requisitos y principales implicaciones prácticas.1. Concepto y fundamento legalEl artículo 924 del Código Civil dispone que cada propietario puede sujetar su predio a las servidumbres que estime convenientes y adquirirlas sobre predios vecinos con la voluntad de sus dueños, siempre que:● No se afecte el ornato público.● No se contravengan disposiciones legales.La servidumbre voluntaria nace, por tanto, del principio de autonomía de la voluntad, dentro de los límites que impone el orden público y la ley.Además, el mismo artículo reconoce que estas servidumbres pueden adquirirse por sentencia judicial, en los casos previstos por la ley, lo que conecta esta figura con supuestos en los que la autoridad jurisdiccional interviene para formalizar o declarar su existencia.2. Destinación del padre de familia (Art. 925)El artículo 925 regula una figura de especial importancia práctica: la llamada “destinación del padre de familia”.Se configura cuando: Un mismo propietario establece un servicio continuo y aparente entre dos predios de su propiedad. Posteriormente enajena uno de ellos o se dividen por partición. No se establece lo contrario en el título. En ese caso, el servicio subsiste automáticamente como servidumbre entre los dos predios.Esta disposición protege la situación de hecho preexistente y evita que la simple división dominial extinga una utilidad evidente y permanente.3. Clasificación y modos de adquisición (Art. 926)El artículo 926 distingue entre:A) Servidumbres discontinuas y continuas no aparentesSolo pueden adquirirse por título. Ni siquiera el goce inmemorial basta para constituirlas.Esto implica que:● Requieren un acto jurídico formal (contrato, escritura pública, reconocimiento).● No pueden adquirirse por simple uso prolongado.B) Servidumbres continuas y aparentesPueden adquirirse:● Por título.● Por prescripción adquisitiva de cinco años.El plazo se computa conforme a las reglas de adquisición del dominio de los fundos.Esta diferencia responde a un criterio lógico: si la servidumbre es visible y permanente, el uso prolongado puede generar seguridad jurídica suficiente para consolidarla por prescripción.4. El título constitutivo y supletoriedad (Art. 927)El título constitutivo puede suplirse por:● El reconocimiento expreso del dueño del predio sirviente.● La destinación anterior (art. 925).Esto significa que no siempre se requiere un contrato formal inicial; el ordenamiento reconoce medios alternativos de prueba y constitución, siempre que exista manifestación clara de voluntad o situación objetiva consolidada.5. Determinación de derechos y obligaciones (Art. 928)El artículo 928 establece que:● El título, o● La posesión por el tiempo señalado en el artículo 926,determinan:● Los derechos del predio dominante.● Las obligaciones del predio sirviente.Es decir, el contenido y alcance de la servidumbre no se presumen de manera ilimitada: se definen conforme al acto constitutivo o a la forma en que se ha ejercido durante el plazo prescriptivo.6. Desarrollo jurisprudencialLa jurisprudencia ecuatoriana ha desarrollado criterios sobre constitución y adquisición de servidumbres, como consta en resoluciones históricas de la Gaceta Judicial (1871, 1899 y 1983), consolidando principios como:● La necesidad de claridad en el título.● La importancia del carácter aparente para efectos de prescripción.● La delimitación estricta de la servidumbre de tránsito.7. Relevancia práctica en el ejercicio profesionalEn la práctica inmobiliaria y litigiosa, la servidumbre voluntaria tiene impacto en:● Compraventas de bienes raíces.● Particiones hereditarias.● Procesos reivindicatorios.● Acciones de prescripción adquisitiva.● Conflictos por servidumbres de tránsito, acueducto o paso de instalaciones.Un análisis adecuado del título de propiedad y de la situación física del inmueble resulta fundamental para determinar si existe una servidumbre constituida expresa o tácitamente.La servidumbre voluntaria es una manifestación clara del principio de autonomía privada dentro del derecho real de propiedad. El Código Civil establece un sistema coherente que:● Permite su constitución por voluntad.● Reconoce la destinación del padre de familia.● Distingue rigurosamente los modos de adquisición según su naturaleza.● Determina con precisión los derechos y obligaciones derivados.Comprender esta figura no solo es relevante desde el punto de vista doctrinario, sino esencial en la práctica contractual, registral y contenciosa del derecho civil ecuatoriano. Fuente: Código Civil [Ecuador]. (2005). Registro Oficial Suplemento 46 de 24 de junio de 2005. Última reforma publicada en el Registro Oficial Suplemento 311 de 29 de abril de 2024.Blog escrito por la Abg. Camila ProañoMiércoles, 04 de Marzo del 2026
El daño moral constituye una de las formas más relevantes de tutela jurídica de los derechos de la personalidad en el ordenamiento ecuatoriano. A diferencia del daño material, que afecta directamente al patrimonio, el daño moral se vincula con las afecciones espirituales, emocionales y psíquicas que sufre una persona como consecuencia de una acción u omisión ilícita. El Código Civil del Ecuador regula esta figura principalmente en los artículos 2231 al 2234, estableciendo sus supuestos de procedencia, legitimación y criterios de reparación.Concepto y fundamento del daño moralEl daño moral se configura cuando una persona sufre un menoscabo en bienes inmateriales como la honra, la reputación, la dignidad, la integridad psíquica o la tranquilidad personal. Su fundamento se encuentra en la protección de la dignidad humana, reconocida constitucionalmente, así como en la necesidad de otorgar una reparación integral frente a conductas ilícitas que generan sufrimientos no cuantificables económicamente de forma directa.En este sentido, el artículo 2231 del Código Civil reconoce expresamente que las imputaciones injuriosas contra la honra o el crédito de una persona generan el derecho a demandar indemnización pecuniaria, incluso cuando no se pruebe daño emergente o lucro cesante, bastando la acreditación del perjuicio moral.Supuestos de procedencia según el artículo 2231El artículo 2231 establece como supuesto típico del daño moral las imputaciones injuriosas que afecten la honra o el crédito de una persona. Esta disposición amplía el ámbito de protección civil al permitir la indemnización no solo por daños patrimoniales, sino también por el sufrimiento moral ocasionado. La norma se articula con otras disposiciones legales, como el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, que garantiza el derecho al honor y al buen nombre, y con el Código Orgánico Integral Penal, que tipifica conductas relacionadas con la difamación.Daños meramente morales y su reparación (artículo 2232)El artículo 2232 amplía el espectro del daño moral al señalar que, aun en casos no previstos expresamente en las disposiciones anteriores, puede demandarse indemnización cuando se hayan sufrido daños meramente morales, siempre que la gravedad del perjuicio y de la falta lo justifiquen.Esta norma enumera de manera ejemplificativa ciertos supuestos en los que existe una especial obligación de reparación, tales como: La difamación que manche la reputación ajena. Las lesiones físicas. Delitos contra la libertad e integridad sexual. Detenciones o arrestos ilegales o arbitrarios. Procesamientos injustificados. Sufrimientos físicos o psíquicos como angustia, ansiedad, humillaciones u ofensas semejantes. Un elemento central de esta disposición es que el daño moral debe ser el resultado próximo de la acción u omisión ilícita del demandado. Además, la determinación del monto indemnizatorio queda a la prudencia del juez, quien deberá valorar las circunstancias particulares del caso concreto.Titularidad de la acción por daño moral (artículo 2233)El artículo 2233 regula quiénes se encuentran legitimados para ejercer la acción por daño moral. Como regla general, esta acción corresponde exclusivamente a la víctima o a su representante legal. Sin embargo, la norma prevé supuestos excepcionales: En caso de imposibilidad física de la víctima, pueden ejercer la acción su representante legal, su cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad. Si el hecho ilícito produce la muerte de la víctima, la acción puede ser intentada por sus derechohabientes. Cuando el daño moral afecta a instituciones o personas jurídicas, la acción corresponde a sus representantes legales. Esta regulación evidencia que el daño moral no es una acción de carácter abstracto, sino que se vincula directamente con la afectación concreta sufrida por una persona natural o jurídica.Independencia de la indemnización por daño moral (artículo 2234)Finalmente, el artículo 2234 establece que las indemnizaciones por daño moral son independientes, por su naturaleza, de aquellas que se reconocen en casos de muerte, incapacidad para el trabajo u otros semejantes regulados por leyes especiales. Esto reafirma la autonomía del daño moral como categoría jurídica y su coexistencia con otras formas de reparación.El daño moral en el Código Civil ecuatoriano constituye un mecanismo esencial para la protección de los derechos de la personalidad y la dignidad humana. A través de los artículos 2231 al 2234, el legislador reconoce la posibilidad de reparar jurídicamente sufrimientos y afectaciones inmateriales, otorgando al juez un rol clave en la valoración de la gravedad del daño y en la fijación del monto indemnizatorio. De esta manera, el daño moral se consolida como un instrumento de justicia restaurativa que busca equilibrar, en la medida de lo posible, las consecuencias de conductas ilícitas que trascienden lo meramente patrimonial. Fuente: Código Civil [Ecuador]. (2005). Registro Oficial Suplemento 46 de 24 de junio de 2005. Última reforma publicada en el Registro Oficial Suplemento 311 de 29 de abril de 2024.Blog escrito por la Abg. Csmila ProañoMiércoles, 28 de Enero del 2026
¿bien común o gasto personal?Un tema que genera controversia en los procesos de divorcio es el destino de los fondos de reserva acumulados durante el matrimonio. ¿Son parte del patrimonio común de la pareja o se consideran un gasto personal?El casoClic Jurídico defendió a un cliente que contrajo matrimonio en 1971 y la unión terminó en divorcio por mutuo consentimiento en marzo de 2023. Durante al menos una década, la parte demandada trabajó en el Ministerio de Turismo, acumulando fondos de reserva como parte de sus haberes laborales.Al momento de realizar el inventario de los bienes de la sociedad conyugal surgió la disputa: ¿los fondos debían incluirse en el haber social?La primera decisión judicial La jueza de primera instancia decidió excluirlos, argumentando que ya habrían sido utilizados en el sostenimiento de las hijas. Sin embargo, esta resolución plantea varias dudas jurídicas:1. Violación al artículo 157 del Código Civil. La ley establece que los ingresos y emolumentos obtenidos durante el matrimonio forman parte del haber social. Los fondos de reserva entran en esa categoría y el hecho de que se hayan gastado no los excluye automáticamente.2. Ausencia de pruebas documentales. El fallo se basó únicamente en testimonios de los hijos, sin respaldo de documentos que prueben el supuesto uso de los fondos.3. Motivación errónea. Se introdujo el argumento de una compensación tácita por deudas alimentarias, cuestión que no fue parte del juicio ni fue probada.Los valores en discusiónEl informe pericial demostró que al momento de la disolución de la sociedad conyugal los fondos aún se encontraban en la cuenta. Por lo tanto, son bienes de la sociedad conyugal y deben incluirse en el inventario.Lo que se busca en la apelaciónQue el tribunal de segunda instancia ordene la inclusión de los fondos de reserva en el inventario y se realice la división conforme a la ley.ReferenciaCódigo Civil. (2005, junio 24). Registro Oficial Suplemento 46. Ultima modificación: 2019.Blog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaLunes, 08 de Septiembre del 2025
En Ecuador, el proceso de divorcio no es una decisión que se tome a la ligera. De hecho, está sujeto a requisitos y causales específicas que deben cumplirse de acuerdo con el Código Civil. Una de las principales consideraciones es la presencia de hijos menores de 18 años o dependientes en el matrimonio. Un hijo dependiente podría ser un hijo con discapacidad mayor de 18 años que no puede valerse por sí mismo.Si existen hijos menores de 18 años involucrados, se deben abordar asuntos como el régimen de visitas, la pensión alimenticia y la custodia de los menores. Es importante destacar que no es posible obtener un divorcio sin resolver estos aspectos.El régimen de visitas, los acuerdos de alimentos y la custodia de los hijos pueden resolverse como parte del mismo proceso de divorcio o mediante un acuerdo de mediación si ambas partes están de acuerdo.Las causales para el divorcio en Ecuador se encuentran estipuladas en el Artículo 110 del Código Civil y son las siguientes:• El adulterio de uno de los cónyuges.• Los tratos crueles o la violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.• El estado habitual de falta de armonía de las dos voluntades en la vida matrimonial.• Las amenazas graves de un cónyuge contra la vida del otro.• La tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro.• Los actos ejecutados por uno de los cónyuges con el fin de involucrar al otro o a los hijos en actividades ilícitas.• La condena ejecutoriada a pena privativa de la libertad mayor a diez años.• El que uno de los cónyuges sea un ebrio consuetudinario o toxicómano.• El abandono injustificado de cualquiera de los cónyuges por más de seis meses ininterrumpidos.Es importante entender que, en Ecuador el divorcio no es un proceso simple, y se requiere cumplir con las causales específicas establecidas por la ley. Antes de tomar una decisión, es aconsejable buscar asesoramiento legal para comprender completamente sus derechos y obligaciones en este proceso.ReferenciaCódigo Civil. (2005, junio 24). Registro Oficial Suplemento 46. Ultima modificación: 2019.Blog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaJueves, 19 de octubre del 2023.
Un avance en la protección de los derechos emocionalesLa violencia psicológica es una forma de maltrato que puede causar daños profundos en la salud mental y emocional de las personas. En Ecuador, la legislación ha reconocido la importancia de abordar este tipo de violencia y ha incluido disposiciones específicas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este artículo explora cómo el COIP aborda la violencia psicológica y destaca la importancia de su reconocimiento como una forma de abuso que debe ser penalizada.El COIP de Ecuador, en su artículo 157, reconoce la violencia psicológica como una forma de violencia de género, estableciendo que cualquier forma de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial que afecte a una persona por su condición de género constituye violencia de género. Esto refleja un importante avance en el reconocimiento de la violencia psicológica como una violación de los derechos humanos y una forma de violencia que puede tener un impacto devastador en la vida de las personas.De la misma manera, el COIP define la violencia psicológica como el conjunto de conductas que causen daño emocional o disminuyan la autoestima, mediante actos de intimidación, humillación, hostigamiento, insultos, menosprecio, entre otros. Establece que este tipo de violencia puede ser ejercida en el ámbito familiar, de pareja, laboral, institucional o cualquier otra relación interpersonal. La ley también considera agravantes cuando se ejerce contra personas en situación de vulnerabilidad, como niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad.Por otro lado, el COIP establece sanciones penales para quienes cometan violencia psicológica, las cuales pueden incluir penas privativas de libertad, multas y medidas alternativas. Además, la ley también establece medidas de protección para las víctimas, como órdenes de alejamiento, prohibición de acercarse a la víctima o lugares frecuentados por ella, y la implementación de programas de rehabilitación y tratamiento para los agresores.La inclusión de la violencia psicológica en el COIP de Ecuador es un importante paso hacia la prevención y erradicación de esta forma de abuso. Al reconocerla como un delito y establecer sanciones penales, se envía un claro mensaje de que la violencia psicológica no será tolerada en la sociedad. Además, el COIP también promueve la concienciación, la educación y la prevención de la violencia psicológica, buscando cambiar las actitudes y comportamientos que perpetúan este tipo de abuso.A pesar de los avances legislativos, la violencia psicológica sigue siendo un problema persistente en la sociedad ecuatoriana. Es fundamental fortalecer los mecanismos de denuncia, garantizar una respuesta efectiva por parte de las autoridades y promover la denuncia de hechos de violencia psicológica.Es importante recalcar que, en Ecuador, existen diferentes instituciones y organizaciones que brindan apoyo a las víctimas de violencia psicológica. Algunas de ellas son el Ministerio de Salud Pública, la Policía Nacional, los Centros de Equidad de Género y los Centros de Atención Integral a Víctimas de Violencia Familiar y Sexual. Estas instituciones ofrecen atención médica, psicológica y legal, así como asesoramiento y acompañamiento durante todo el proceso de denuncia.Fuente: Asamblea Nacional del Ecuador. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Suplemento 180. Quito, Ecuador.Blog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaMartes, 6 de Junio del 2023.
Comprar un bien inmueble es una gran inversión, y es importante que estés bien preparado antes de realizar la compra. Una de las cosas más importantes que debes hacer es solicitar el certificado de gravámenes al vendedor del bien inmueble. Este certificado es una herramienta clave para verificar que el bien que estás comprando no tiene ningún impedimento legal para ser vendido. El certificado de gravámenes es emitido por el Registro de la Propiedad y contiene información sobre las cargas, gravámenes y limitaciones que puedan afectar el bien inmueble. Este certificado es esencial para asegurarte de que estás comprando un bien inmueble limpio de cargas y gravámenes que puedan perjudicar tu inversión. Además del certificado de gravámenes, en muchas ocasiones es necesario solicitar también el certificado de ventas. Este documento contiene información sobre las transacciones previas que se hayan realizado con el bien inmueble, y puede ser útil para evaluar el historial de la propiedad. Otro documento importante que debes descargar de la página web es la cédula catastral, que te permitirá evaluar el precio del bien inmueble y asegurarte de que el precio que estás pagando es justo. Es importante tener en cuenta que el certificado de gravámenes tiene una validez de 60 días, por lo que es recomendable que solicites un certificado actualizado antes de empezar la compra. Además, es recomendable firmar una promesa de compra y venta, que te protegerá en caso de que el vendedor se retracte del negocio. Es importante incluir en el contrato de promesa de compraventa una cláusula que garantice tu inversión. Por último, es recomendable que contrates un abogado de confianza para que te asesore en todo el proceso de compra y te asegure tu patrimonio. Un abogado especializado en derecho inmobiliario te ayudará a identificar cualquier riesgo potencial y a tomar las medidas necesarias para proteger tus intereses.En conclusión, comprar un bien inmueble puede ser una gran inversión, pero es importante que estés bien preparado y tomes las medidas necesarias para proteger tu patrimonio. Solicita los certificados necesarios, firma una promesa de compra y venta y contrata un abogado especializado en derecho inmobiliario para asegurarte de que todo se realice de manera segura y eficiente.Blog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaViernes, 5 de Mayo del 2023.
Todo lo que necesitas saber sobre la compraventa: implicaciones legales y recomendaciones para una transacción exitosa. La compraventa es una de las formas más comunes de transacción comercial en la que una persona adquiere un bien a cambio de un pago en dinero. En esencia, es un acuerdo entre dos partes en el que una se compromete a entregar una cosa, mientras que la otra se compromete a pagar por ella. Sin embargo, la compraventa no es un concepto tan simple como parece, y es importante conocer sus implicaciones legales antes de realizar cualquier transacción.Una compraventa es un contrato, lo que significa que ambas partes deben estar de acuerdo con los términos y condiciones de la transacción antes de que se lleve a cabo. Esto incluye el objeto de la venta, el precio, las condiciones de entrega y cualquier otracondición relevante. El vendedor se compromete a entregar el bien, mientras que el comprador se compromete a pagar el precio acordado. Es importante que el precio sea claramente establecido para evitar malentendidos o problemas legales posteriores.En el caso de bienes inmuebles, como terrenos o edificios, la compraventa se formaliza en una escritura pública y se registra en el registro de la propiedad. Esto es importante porque los bienes inmuebles son de gran valor y requieren una formalización legaladecuada para garantizar la seguridad jurídica. La formalización legal garantiza que el comprador sea el verdadero propietario del bien y que no existan deudas o gravámenes previos sobre el mismo.En el caso de bienes muebles, como muebles y electrodomésticos, por lo general la compraventa se completa una vez que ambas partes han acordado la cosa y el precio. Es decir, una vez que las partes han llegado a un acuerdo sobre el objeto de la venta y el precio, se considera que la venta es completa. Sin embargo, es importante que se tenga un comprobante de pago o factura para evitar problemas en caso de garantía o devolución. Es importante destacar que el precio de la venta debe ser determinado por ambas partes y puede ser acordado de varias maneras y mediante diferentes medios, siempre y cuando quede claramente establecido. Si se trata de bienes fungibles, como la compra de frutas o verduras, el precio se entenderá como el valor de mercado en el momento de la entrega, a menos que se acuerde lo contrario. En conclusión, la compraventa es un contrato entre dos partes en el que una se compromete a entregar una cosa y la otra a pagar por ella. Es importante conocer las implicaciones legales de la compraventa antes de realizar cualquier transacción. Además, es fundamental que ambas partes acuerden claramente el objeto de la venta, el precio y las condiciones de entrega para evitar malentendidos o problemas legales posteriores. Referencia:Código Civil. (2005, junio 24). Registro Oficial Suplemento 46. Ultima modificación: 2019,Blog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaViernes, 28 de Abril del 2023.
La posesión ilegítima de bienes inmuebles es un problema creciente en el Ecuador. Este problema se presenta cuando alguien ocupa una propiedad sin tener un título de propiedad válido, sin permiso del propietario legítimo, o en algunos casos incluso con documentos falsos. A menudo, esta práctica se asocia con la usurpación de tierras o viviendas, y puede tener consecuencias graves tanto para los propietarios legítimos como para los ocupantes ilegales.Las soluciones legales a la posesión ilegítima de bienes inmuebles varían según la jurisdicción y la gravedad del caso en cuestión. Sin embargo, hay algunas medidas generales que los propietarios legítimos pueden tomar para proteger sus intereses y recuperar su propiedad. A continuación, se presentan algunas opciones legales comunes:1. Presentar una demanda civil: Los propietarios legítimos pueden presentar una demanda civil en los tribunales para recuperar su propiedad. El proceso legal puede ser largo y costoso, pero en algunos casos, puede ser la única forma de recuperar el bien inmueble. Los abogados especializados en derecho de propiedad pueden ayudar a los propietarios a presentar una demanda y representarlos en el tribunal.2. Presentar una denuncia penal: En algunos casos, la posesión ilegítima de un bien inmueble puede ser un delito penal. Los propietarios legítimos pueden presentar una denuncia ante la policía o el fiscal para que se investigue el caso. Si se demuestra que el ocupante ilegal ha cometido un delito, puede enfrentar sanciones penales y la obligación de abandonar la propiedad.3. Negociar un acuerdo: En algunos casos, el propietario legítimo puede optar por negociar un acuerdo con el ocupante ilegal. Esto puede ser beneficioso para ambas partes, ya que el propietario puede recuperar su propiedad sin tener que pasar por un proceso legal costoso, y el ocupante ilegal puede obtener una compensación por su inversión en la propiedad. Los abogados pueden ayudar a mediar estas negociaciones y redactar acuerdos legales.4. Tomar medidas preventivas: Los propietarios legítimos también pueden tomar medidas preventivas para evitar la posesión ilegítima de sus bienes inmuebles. Esto incluye la vigilancia regular de la propiedad, la colocación de cercas y señales de advertencia, la contratación de guardias de seguridad y la documentación adecuada de la propiedad.En conclusión, la posesión ilegítima de bienes inmuebles es un problema serio que puede tener consecuencias graves para los propietarios legítimos y los ocupantes ilegales. Los propietarios legítimos tienen varias opciones legales para proteger sus intereses y recuperar su propiedad, y los abogados especializados pueden ayudar a guiarlos a través de este proceso. Sin embargo, la mejor forma de evitar la posesión ilegítima es tomar medidas preventivas para proteger la propiedad en primer lugar.Fuente:Asamblea Nacional del Ecuador. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Suplemento 180. Recuperado de https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ecu/sp_ecu-integral-penal-code.pdfAsamblea Nacional del Ecuador. (2019). Código Civil del Ecuador. Registro Oficial Suplemento 1026. Recuperado de https://www.registroficial.gob.ec/docs/Anexos/08/ROI/sup1026-08.pdfBlog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaSábado, 15 de abril del 2023.
Si has comprado o vendido una propiedad y te has dado cuenta de que el precio que pagaste o recibiste no es justo, es posible que te interese conocer la figura legal de la rescisión de la venta por lesión enorme en bienes inmuebles.En términos simples, la lesión enorme se produce cuando una de las partes en una transacción inmobiliaria recibe un precio que es significativamente inferior o superior al valor justo de la propiedad en el momento de la venta. La ley establece que, en estos casos, es posible rescindir “revocar” el contrato de compraventa.El artículo 1829 del Código Civil establece que se considera lesión enorme cuando el precio que se pagó o se recibió es inferior o superior a la mitad del valor justo de la propiedad. Es importante tener en cuenta que el valor justo se refiere al momento en que se hizo la transacción.Si se determina que ha habido lesión enorme en una transacción inmobiliaria, la parte afectada puede optar por rescindir el contrato o completar el justo precio. El artículo 1830 del Código Civil establece que el comprador puede completar el justo precio con una deducción del 10%, y el vendedor puede restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio, aumentando en una décima parte.Es importante tener en cuenta que no se pueden reclamar intereses o frutos desde la fecha de la demanda, ni se pueden pedir compensaciones por gastos que se hayan incurrido en la transacción.El artículo 1833 establece que si la propiedad se ha perdido o se ha vendido por un precio superior al que se pagó, no se puede rescindir el contrato. Sin embargo, si el comprador la ha vendido por un precio superior, el vendedor original puede reclamar el exceso, pero solo hasta el valor justo de la propiedad.Por otro lado, el artículo 1834 establece que el vendedor no puede reclamar compensación por daños sufridos por la propiedad, a menos que el comprador se haya beneficiado de ellos.Es importante tener en cuenta que la acción rescisoria por lesión enorme caduca después de cuatro años desde la fecha del contrato, según lo establecido en el artículo 1836.En resumen, la rescisión de la venta por lesión enorme en bienes inmuebles es una figura legal que permite a las partes involucradas en una transacción inmobiliaria rescindir el contrato si el precio que se pagó o se recibió es significativamente inferior o superior al valor justo de la propiedad en el momento de la venta.Referencia:Código Civil. (2005, junio 24). Registro Oficial Suplemento 46. Ultima modificación: 2019, julio 8. Reformado.Blog escrito por el Abg. Jorge ChicaizaJueves, 6 de abril del 2023.