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Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad

En Ecuador, la inclusión laboral de personas con discapacidad no solo es un tema de justicia social, sino también una obligación legal. La Ley Orgánica de Discapacidades, específicamente en su Artículo 47, establece normas claras que buscan promover la inclusión de personas con discapacidad en el ámbito laboral tanto público como privado. A continuación, exploraremos los puntos clave de esta normativa, su impacto y los desafíos que enfrentan las organizaciones para cumplir con esta obligación.¿Qué establece el Artículo 47 sobre la inclusión laboral?1.      Obligatoriedad para empleadores con 25 o más trabajadoresEl Artículo 47 impone una clara responsabilidad a los empleadores públicos y privados que cuenten con una nómina de al menos 25 trabajadores. Estos deben contratar al menos un 4% de personas con discapacidad para puestos permanentes que se consideren apropiados en relación con sus conocimientos y capacidades individuales. Este requisito tiene un enfoque inclusivo, buscando respetar tanto las condiciones físicas como las aptitudes de los candidatos, y promoviendo la equidad de género y la diversidad de discapacidades.2.      Distribución equitativaPara evitar la concentración de estas oportunidades en ciertas áreas geográficas, la ley exige que el porcentaje de inclusión se distribuya equitativamente en las provincias (para empleadores nacionales) o en los cantones (para empleadores provinciales). Esto asegura que las oportunidades laborales para personas con discapacidad estén disponibles en todo el país, promoviendo la equidad regional.3.      Excepciones y consideraciones especialesEn ciertas áreas de trabajo, como las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Cuerpos de Bomberos, Policías Municipales y empresas de seguridad y vigilancia privada, el porcentaje de inclusión laboral solo aplica para el personal administrativo. Esto se debe a la naturaleza de las funciones operativas en estas instituciones, las cuales pueden implicar riesgos físicos que podrían comprometer la integridad de las personas con discapacidad.4.      Adecuación del ambiente laboralLa ley subraya que las personas con discapacidad deben tener acceso a un entorno de trabajo adecuado para el desarrollo de sus capacidades. Esto implica que los empleadores deben garantizar:El uso de herramientas técnicas y tecnológicas que faciliten el trabajo.La adaptación del ambiente laboral para que las personas con discapacidad puedan cumplir con sus responsabilidades de manera eficiente y segura.5.      Transporte adecuadoSi el empleador ofrece servicio de transporte para su personal, las unidades deben estar adaptadas para permitir el acceso a personas con discapacidad. En caso de que esto no sea posible, se pueden ofrecer otros beneficios sociales como alternativa, de acuerdo con el reglamento de la ley.6.      Exclusión de ciertos tipos de contratosFinalmente, para el cálculo del porcentaje de inclusión laboral, la normativa excluye aquellos contratos que no tengan carácter permanente o estable. Esto significa que los empleadores solo deben considerar a los trabajadores con contratos fijos para determinar el 4% de inclusión obligatoria.Desafíos para los empleadoresImplementar esta normativa puede suponer ciertos desafíos, especialmente para empresas que no han adaptado aún sus espacios o procesos de selección. Algunas de las principales barreras incluyen:Falta de infraestructura adecuada para personas con discapacidad.Desconocimiento sobre las adaptaciones necesarias en términos de tecnología y ergonomía.Resistencia al cambio en la cultura organizacional, que podría no estar acostumbrada a la diversidad funcional.Desafíos logísticos para cumplir con la distribución geográfica de las contrataciones.En conclusión la inclusión laboral de personas con discapacidad, establecida en el Artículo 47 de la Ley Orgánica de Discapacidades de Ecuador, es un paso importante hacia una sociedad más equitativa y justa. Sin embargo, para que esta normativa sea efectiva, es fundamental que los empleadores no solo cumplan con los porcentajes requeridos, sino que también adopten una visión inclusiva que valore el talento y las capacidades de las personas con discapacidad. Las adaptaciones en el entorno laboral, así como el respeto por las particularidades de cada trabajador, son claves para garantizar un empleo digno y equitativo para todos.Referencia Ley Orgánica de Discapacidades (2019). Registro Oficial Suplemento 796. EcuadorBlog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 14 de Octubre del 2024.

Análisis Jurídico de la Compañía en Comandita y sus Modalidades

La ley de compañías en Ecuador regula diferentes formas societarias, entre ellas la compañía en comandita simple y la compañía en comandita por acciones, las cuales se caracterizan por la existencia de socios con diferentes niveles de responsabilidad. A continuación, se expone un análisis de los principales artículos relacionados con estas formas societarias.1. Compañía en Comandita Simple: Constitución y Razón SocialDe acuerdo con el Art. 59, la compañía en comandita simple se constituye por dos tipos de socios: Socios comanditados: Son responsables de manera ilimitada y solidaria por las obligaciones de la compañía. Estos socios asumen todos los riesgos financieros. Socios comanditarios: Son simples inversores cuyo riesgo está limitado al monto de su aporte. La razón social de la compañía debe incluir el nombre de uno o varios socios comanditados, acompañado de la frase "compañía en comandita" o su abreviatura. Esta disposición busca garantizar la claridad y transparencia ante terceros sobre quiénes son los socios responsables. Un aspecto importante es que si un socio comanditario permite que su nombre aparezca en la razón social, adquiere las mismas responsabilidades ilimitadas que un socio comanditado.Además, el artículo especifica que solo las personas naturales pueden ser socios, lo que excluye a las personas jurídicas de esta estructura societaria.2. Administración de la Compañía en Comandita SimpleEl Art. 64 establece que, en caso de que existan dos o más socios comanditados, la administración de la compañía seguirá las reglas de una compañía en nombre colectivo, donde todos o alguno de los socios pueden asumir la dirección de los negocios. Por otro lado, los socios comanditarios, como inversores pasivos, no tienen poder de gestión.De acuerdo con el Art. 70, los socios comanditarios no tienen derecho a examinar los libros de la compañía si participan en un negocio con los mismos fines comerciales, a menos que se garantice que los intereses de dicho negocio no sean contrarios a los de la compañía. Esto busca evitar conflictos de interés que puedan comprometer el manejo de la compañía.3. Responsabilidad Solidaria e Ilimitada de los SociosEl Art. 74 establece que tanto los socios comanditados como los socios de las compañías en nombre colectivo están sujetos a una responsabilidad solidaria e ilimitada. Esto significa que los actos que realicen en nombre de la compañía los comprometen de manera directa y personal, siempre que actúen dentro de sus facultades.Por otro lado, el Art. 78 dispone que las compañías extranjeras que deseen operar permanentemente en Ecuador deben cumplir con el Registro Mercantil del cantón donde se establezcan. Este requisito es fundamental para la transparencia y regulación de las actividades comerciales extranjeras en el país.4. Compañía en Comandita por AccionesEn este tipo de sociedad, regulada por el Art. 301, el capital social está dividido en acciones nominativas, y los socios comanditados deben aportar al menos el 10% del capital. Al igual que en la compañía en comandita simple, los socios comanditados son responsables de manera ilimitada, mientras que los socios comanditarios solo lo son hasta el monto de su participación en el capital social.El Art. 303 estipula que la razón social incluirá el nombre de uno o varios socios comanditados seguido de "compañía en comandita" o su abreviatura, en términos similares a la compañía en comandita simple.Además, la ley permite que esta compañía adopte la forma de una Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (B.I.C.), lo que implica un compromiso con los principios de sostenibilidad y responsabilidad social.5. Disposiciones Relativas a la Fusión de CompañíasEl Art. 342 se refiere a la fusión de compañías, estableciendo que la Superintendencia de Compañías debe aprobar estos procesos en aquellos casos en los que participen sociedades de responsabilidad limitada, anónimas, en comandita por acciones o de economía mixta. La supervisión de la fusión es clave para garantizar que los intereses de los accionistas y socios sean protegidos y que la nueva entidad cumpla con los requisitos legales.ConclusiónLa compañía en comandita, tanto simple como por acciones, es una figura societaria que permite la coexistencia de socios con diferentes niveles de responsabilidad. Su estructura está orientada a equilibrar el riesgo entre aquellos que gestionan activamente la compañía y aquellos que simplemente aportan capital. Las disposiciones legales ecuatorianas detallan cuidadosamente los derechos y obligaciones de cada tipo de socio, así como las formalidades necesarias para la constitución y administración de estas compañías, con el objetivo de fomentar la transparencia y responsabilidad en los negocios. Fuente: Ley de compañías. (2023). Registro Oficial No. 312.Ecuador.Blog escrito por la Consultora Camila Proaño 09 de Octubre del 2024

Mecanismos de Reparación Integral

En Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece un marco legal que busca garantizar justicia no solo a través de sanciones penales, sino también mediante mecanismos de reparación integral a las víctimas. El Artículo 363-e del COIP define los mecanismos de reparación integral, que se aplican cuando se han vulnerado derechos fundamentales debido a la comisión de infracciones. Este artículo detalla cuatro enfoques que abordan la reparación tanto desde una perspectiva material como inmaterial, asegurando que la víctima reciba un trato justo y adecuado. A continuación, desglosamos cada uno de estos mecanismos:1.    Restitución de la situación previaEl primer mecanismo de reparación apunta a restituir las condiciones que habrían existido si el hecho ilícito no se hubiera producido. Es decir, busca regresar a la víctima al estado anterior a la infracción, en la medida en que esto sea posible. En algunos casos, esto podría implicar la devolución de bienes, la restauración de derechos o la reparación física de daños.2.    Indemnizaciones por daños materiales e inmaterialesEste mecanismo se centra en compensar los daños ocasionados tanto materiales como inmateriales. La indemnización por daños materiales cubre pérdidas económicas directas, como propiedades o ingresos perdidos. Mientras que la indemnización por daños inmateriales reconoce los perjuicios no económicos que pueden haber afectado la vida emocional o psicológica de la víctima, tales como el sufrimiento, el dolor o la angustia generados por la infracción.3.    Medidas de satisfacción de carácter no pecuniarioEn tercer lugar, el COIP prevé medidas de satisfacción que no implican compensación económica, pero que son fundamentales para la reparación del daño inmaterial. Estas medidas buscan dignificar a la víctima y pueden incluir disculpas públicas, reconocimiento de responsabilidad, memoriales u otras acciones simbólicas que ayudan a restablecer el honor y la dignidad afectada.4.    Garantías de no repeticiónFinalmente, el artículo 363-e subraya la importancia de las garantías de no repetición. Este mecanismo se orienta a prevenir futuras violaciones de derechos, creando las condiciones necesarias para evitar que se cometan infracciones similares. Esto podría implicar reformas legales, cambios en políticas públicas, capacitación de las fuerzas de seguridad o la implementación de programas que aseguren un entorno más seguro para la víctima y la sociedad.En conclusión estos cuatro mecanismos subrayan el compromiso del sistema de justicia ecuatoriano con la reparación integral de las víctimas. No se trata solo de castigar a los responsables, sino de procurar una verdadera justicia que restablezca los derechos vulnerados y prevenga la repetición de actos ilícitos. La implementación efectiva de estas disposiciones es clave para asegurar que las víctimas reciban el reconocimiento y la reparación que merecen, lo que fortalece el Estado de Derecho y promueve una cultura de respeto a los derechos humanos.Referencia Código Integral Penal (2024). Registro Oficial Suplemento 180. EcuadorBlog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 07 de Octubre del 2024 

La Compañía en Nombre Colectivo y su Régimen Jurídico

La Ley de Compañías del Ecuador establece diferentes formas societarias que permiten a los ciudadanos organizar sus actividades comerciales de manera formal y estructurada. Entre ellas, la compañía en nombre colectivo destaca por su naturaleza personalista y la responsabilidad ilimitada de los socios. El Artículo 36 de esta ley describe las características y requisitos esenciales para su constitución, que se basan en la confianza entre los socios y la transparencia frente a terceros.El Artículo 36 define que una compañía en nombre colectivo puede ser constituida por una o más personas naturales que desarrollan actividades comerciales bajo una razón social. Esta razón social está formada por los nombres de todos o algunos de los socios, seguidos de la frase “y compañía”, lo que refleja la identidad de quienes conforman la sociedad.Un aspecto esencial es que únicamente los nombres de los socios pueden incluirse en la razón social, asegurando que los terceros conozcan exactamente quiénes son los responsables de la empresa. Esto es relevante porque los socios de una compañía en nombre colectivo asumen una responsabilidad ilimitada por las deudas y obligaciones de la sociedad, lo que significa que no solo el patrimonio de la empresa está en juego, sino también el patrimonio personal de los socios.La compañía en nombre colectivo es una estructura jurídica que resalta la confianza y el compromiso personal entre los socios. El Artículo 36 de la Ley de Compañías garantiza que los nombres de quienes forman parte de la sociedad sean visibles, lo que fomenta la transparencia y fortalece las relaciones comerciales. Este tipo de sociedad es ideal para grupos pequeños de empresarios que desean un alto grado de confianza y responsabilidad compartida en sus negocios. Fuente: Ley de Compañías. (2023). Registro oficial Suplemento 312. Ecuador Blog escrito por la Consultora Carolina VelascoViernes, 04 de Octubre del 2024

¿CÓMO SE CONSTITUYEN LAS COMPAÑÍAS?

El derecho mercantil en Ecuador ofrece diversas formas para la creación de compañías que permiten a los ciudadanos participar en la vida económica del país. El Artículo 1 de la Ley de Compañías establece los cimientos para la constitución de estas entidades, ya sea mediante un contrato entre dos o más personas o por acto unilateral. Estas alternativas proporcionan flexibilidad a empresarios y emprendedores, permitiendo que se adapten a las realidades del mercado y a las necesidades de quienes desean emprender.Este artículo no solo define las formas de constitución de las compañías, sino que también regula cómo estas se rigen, estableciendo una conexión entre la Ley de Compañías, el Código de Comercio y el Código Civil. De esta manera, se asegura que las empresas operen dentro de un marco legal que ofrezca seguridad jurídica y transparencia.El Artículo 1 de la Ley de Compañías contempla dos mecanismos principales para la constitución de una compañía: el contrato entre varias personas o el acto unilateral. En el primer caso, las personas naturales o jurídicas unen capitales, trabajo o conocimiento con el fin de desarrollar operaciones mercantiles. Este tipo de constitución es más común en sociedades, donde los socios colaboran en la gestión y disfrutan de las utilidades de manera proporcional a sus aportaciones.El segundo mecanismo, el acto unilateral, permite que una sola persona natural o jurídica pueda constituir una compañía individualmente. Este mecanismo se adapta a las necesidades de pequeños empresarios o emprendedores que no cuentan con socios, pero que aún desean formalizar sus actividades comerciales. La creación de compañías unipersonales ha ganado popularidad, ya que facilita la independencia y el control total sobre las operaciones mercantiles, mientras que se disfruta de los beneficios de una estructura jurídica más formal. Sin embargo, existen compañías que no se pueden crear unilateralmente y requieren de pluralidad de socios.Ambos mecanismos, tanto el contrato como el acto unilateral, están sujetos a un marco normativo compuesto por la Ley de Compañías, el Código de Comercio y el Código Civil. Estas normativas proporcionan un conjunto de reglas claras que regulan la creación, el funcionamiento y la disolución de las compañías, garantizando que los derechos y obligaciones de los involucrados estén claramente establecidos y que las actividades comerciales se realicen de manera justa y transparente.Además, es importante destacar que, según este artículo, las compañías no solo se constituyen para la participación en utilidades, sino también para emprender en actividades mercantiles. Esto subraya el papel fundamental de las empresas en la economía, ya que no solo buscan el beneficio económico de sus propietarios, sino que también contribuyen al desarrollo del mercado y la generación de empleo.El Artículo 1 de la Ley de Compañías en Ecuador es una pieza clave del derecho mercantil, ya que establece las dos formas principales para la constitución de una compañía: el contrato entre varios socios y el acto unilateral. Este marco legal ofrece flexibilidad y adaptabilidad a los emprendedores, permitiendo tanto la colaboración entre socios como la posibilidad de emprender individualmente. Asimismo, el artículo vincula la constitución de las compañías con normas más amplias del Código de Comercio y el Código Civil, asegurando que las actividades empresariales se desarrollen dentro de un entorno legal transparente y seguro.Este artículo resalta la importancia de las compañías como actores esenciales en la economía, no solo para la generación de utilidades, sino también como vehículos de desarrollo mercantil. Con una regulación clara y eficiente, se asegura que tanto los pequeños emprendedores como las grandes corporaciones puedan operar de manera responsable, contribuyendo al crecimiento económico y social del país. Fuente: LEY DE COMPAÑÍAS. (2023). Registro Oficial Suplemento 312. Ecuador.Blog escrito por la Consultora Carolina Velasco02 de Octubre del 2024

Nulidad del Acto Administrativo

 El Código Orgánico Administrativo del Ecuador establece un marco legal para regular la administración pública y sus actos, asegurando que estos se ajusten a la ley y a los principios constitucionales. Entre sus diversas disposiciones, el Artículo 228 se enfoca en la nulidad del acto administrativo y describe las reglas para proceder en estos casos. A continuación, analizaremos en detalle el contenido y las implicaciones de este artículo.¿Qué es la nulidad del acto administrativo?La nulidad de un acto administrativo implica que este carece de validez desde su origen, es decir, que dicho acto nunca tuvo efectos legales. Esta situación puede surgir por múltiples razones, entre ellas, la violación de derechos fundamentales, la falta de competencia del órgano emisor o la omisión de procedimientos esenciales.El Artículo 228 del Código Orgánico Administrativo describe los pasos a seguir cuando se declara la nulidad de un acto administrativo. Este artículo define dos posibles escenarios para abordar esta nulidad:1.      Resolución sobre el fondo del asuntoCuando se declara la nulidad de un acto administrativo y no se requieren actuaciones adicionales (es decir, no hay necesidad de hacer más acciones o investigaciones), el órgano que resuelve el recurso debe resolver directamente sobre el fondo del asunto. Esto significa que el ente puede tomar una decisión final sin la necesidad de delegar o requerir nuevas gestiones.Este escenario es ideal cuando el problema puede resolverse directamente en la resolución del recurso, ya que permite una solución rápida y directa sin más dilaciones.2.      Actuaciones adicionales y emisión de un acto administrativo sustitutivoEl segundo escenario se presenta cuando la nulidad del acto administrativo requiere de actuaciones adicionales que no pueden ser realizadas por el órgano que resuelve el recurso, sea por razones de hecho o de derecho. En este caso, el órgano competente debe corregir los vicios que causaron la nulidad y, posteriormente, emitir un acto administrativo sustitutivo que se ajuste a las disposiciones legales correspondientes.Es importante destacar que en este supuesto, los servidores públicos que intervinieron en la expedición del acto declarado nulo no pueden intervenir en la ejecución de la resolución del recurso. Esto garantiza imparcialidad y previene posibles conflictos de interés en la corrección del acto viciado.En conclusión el Artículo 228 del Código Orgánico Administrativo del Ecuador establece procedimientos claros para manejar la nulidad de actos administrativos. A través de sus dos disposiciones, el código garantiza que los actos administrativos defectuosos sean corregidos o reemplazados de manera adecuada, preservando la legalidad y los principios de la administración pública.Es esencial que los servidores públicos y los ciudadanos comprendan estos mecanismos, ya que son herramientas clave para proteger derechos y asegurar la correcta actuación de los órganos del Estado.Si bien los procedimientos pueden variar dependiendo de la naturaleza del caso, lo central es que cualquier acto nulo sea tratado con diligencia, garantizando siempre la observancia de la ley y los derechos de las personas afectadas.Referencias Código Orgánico Administrativo (2024). Registro Oficial Suplemento 31Blog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 30 de Septiembre del 2024. 

Conformidad de las Mercaderías y Pretensiones de Terceros

El Código de Comercio ecuatoriano establece una serie de normas que regulan las relaciones entre vendedores y compradores en el ámbito mercantil. Estas disposiciones están diseñadas para garantizar que las mercaderías entregadas cumplan con las especificaciones del contrato y que no estén sujetas a reclamos o derechos de terceros. A continuación, analizamos los artículos 311 al 319, que abordan la conformidad de las mercaderías y las responsabilidades del vendedor y el comprador en relación con las pretensiones de terceros. Conformidad de las MercaderíasEl artículo 311 establece que las obligaciones mercantiles no pueden rescindirse por causa de lesión, salvo en los casos de compraventa de bienes inmuebles o en lo relacionado con los vicios redhibitorios contemplados en el Código Civil. Esto significa que, en general, las obligaciones derivadas de contratos mercantiles son de carácter firme y no pueden disolverse por la mera alegación de un perjuicio económico. Sin embargo, las mercaderías deben cumplir con lo pactado en el contrato.El artículo 312 exige que el vendedor entregue mercaderías cuya cantidad, calidad y tipo correspondan a lo estipulado en el contrato, y que estén adecuadamente envasadas o embaladas según lo pactado. Esta disposición es crucial, ya que asegura que el comprador reciba exactamente lo que acordó en términos de especificaciones y condiciones físicas.Además, el artículo 313 establece las condiciones de conformidad de las mercaderías, salvo que las partes acuerden lo contrario. Las mercaderías deben:- Ser aptas para el uso ordinario.- Ser aptas para cualquier uso especial que el comprador haya comunicado al vendedor.- Poseer las cualidades de la muestra o modelo presentado.- Estar adecuadamente envasadas o embaladas para su conservación y protección.Estas condiciones son fundamentales para garantizar que el comprador obtenga mercaderías adecuadas para su propósito, ya sea un uso general o específico. Responsabilidad del Vendedor y del CompradorEl artículo 314 limita la responsabilidad del vendedor en caso de que el comprador conociera o no hubiera podido ignorar la falta de conformidad en el momento de la celebración del contrato. Esto protege al vendedor de reclamos injustos si el comprador estaba al tanto de las deficiencias en las mercaderías.El artículo 315 amplía la responsabilidad del vendedor, ya que este es responsable de toda falta de conformidad que exista en el momento en que el riesgo se transmite al comprador. Incluso si la falta se manifiesta después de ese momento, el vendedor puede ser responsable si la inconformidad deriva del incumplimiento de sus obligaciones o de una garantía pactada.Este artículo también abarca las garantías que el vendedor podría haber otorgado, como que las mercaderías seguirán siendo aptas para su uso ordinario o especial durante un período determinado. Así, el vendedor tiene la obligación de cumplir con cualquier promesa o expectativa razonable que se haya generado al momento de la transacción. El Derecho de Examen y la Pérdida del ReclamoEl artículo 316  impone al comprador la obligación de examinar las mercaderías dentro de los siete días posteriores a su entrega, salvo que se pacte lo contrario. Si el comprador no realiza el examen dentro de este plazo, podría perder el derecho a reclamar por inconformidad, a menos que haya circunstancias excepcionales, como el transporte prolongado de las mercaderías a su destino.El artículo 317 es claro al señalar que el comprador pierde el derecho a reclamar la inconformidad de las mercaderías si no lo comunica al vendedor dentro del plazo indicado. Esto fomenta la diligencia del comprador al recibir las mercaderías, evitando demoras que puedan afectar a ambas partes. Derechos y Obligaciones del Comprador y del VendedorEl artículo 318 otorga al comprador la facultad de rechazar mercaderías que no sean conformes al contrato. No obstante, si el comprador acepta las mercaderías, la venta se considera consumada para los bienes recibidos. En estos casos, el comprador puede exigir al vendedor que entregue mercaderías acordes al contrato o, en su defecto, solicitar una indemnización por los perjuicios sufridos debido al incumplimiento.Finalmente, el artículo 319 establece que el vendedor debe entregar las mercaderías libres de gravámenes, derechos o pretensiones de terceros, salvo que el comprador acepte expresamente estas condiciones. Este artículo protege al comprador de posibles litigios o reclamos por terceros que puedan afectar su derecho de propiedad sobre las mercaderías adquiridas.Conclusión Estos artículos del Código de Comercio ecuatoriano buscan equilibrar los derechos y obligaciones de ambas partes en una transacción mercantil. Por un lado, se asegura que el comprador reciba las mercaderías conforme a lo pactado, y por otro lado, protege al vendedor de reclamos infundados, siempre y cuando haya cumplido con sus obligaciones contractuales. La claridad en las responsabilidades y derechos de las partes contribuye a una mayor seguridad jurídica en el comercio. Fuente: Código de Comercio. (2023).Registro Oficial Suplemento No.497.Ecuador. Blog escrito por la Consultora Camila ProañoViernes, 27 de Septiembre del 2024

Compensación de Deudas y Créditos Tributarios en el Ecuador

La legislación tributaria ecuatoriana contempla diversas herramientas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para garantizar una administración eficiente y justa de los tributos. Entre ellas, la compensación de deudas y créditos tributarios, prevista en el Art. 51 del Código Tributario, juega un rol fundamental en el alivio de la carga tributaria de los contribuyentes. Esta normativa establece la posibilidad de que las deudas tributarias sean compensadas con créditos líquidos a favor del contribuyente, generados por pagos en exceso o indebidos de tributos, siempre que estos sean reconocidos por la autoridad competente o por el Tribunal Distrital de lo Fiscal. Este mecanismo busca un equilibrio entre las obligaciones fiscales del contribuyente y la justicia tributaria.El Artículo 51 del Código Tributario establece que las deudas tributarias, es decir, las obligaciones pendientes de pago del contribuyente, pueden ser compensadas de manera total o parcial. Esto puede ocurrir de oficio, es decir, por iniciativa de la administración tributaria, o a petición de parte, es decir, por solicitud del propio contribuyente. Esta compensación se realizará únicamente si el contribuyente posee créditos líquidos, los cuales son montos claros y determinados que han sido pagados en exceso o indebidamente en concepto de tributos.Para que esta compensación sea válida, los créditos deben cumplir ciertos requisitos:            1.         Reconocimiento del crédito: Los créditos deben haber sido reconocidos por la autoridad administrativa competente (como el Servicio de Rentas Internas - SRI) o, en caso de controversia, por el Tribunal Distrital de lo Fiscal. Este reconocimiento es vital, ya que asegura que el crédito realmente existe y es exigible por el contribuyente.            2.         Créditos no prescritos: Los créditos deben estar dentro del período de vigencia legal y no haber prescrito, es decir, deben ser exigibles dentro del tiempo establecido por la ley.            3.         Administración por el mismo organismo: Los tributos involucrados, tanto las deudas como los créditos, deben ser administrados por el mismo organismo, lo que facilita la coordinación en la gestión y aplicación de la compensación. Este mecanismo resulta especialmente beneficioso para los contribuyentes que, debido a errores administrativos o situaciones particulares, han realizado pagos superiores a los exigidos por la ley. De este modo, no es necesario realizar trámites adicionales para solicitar la devolución del dinero, sino que se puede optar por una compensación directa que alivie de inmediato las obligaciones tributarias pendientes.La compensación de deudas y créditos tributarios, regulada en el Art. 51 del Código Tributario ecuatoriano, es una herramienta eficaz que favorece tanto a la administración tributaria como a los contribuyentes. Permite la optimización de recursos y la simplificación de procesos, reduciendo la carga administrativa y ofreciendo a los contribuyentes un mecanismo de justicia fiscal que les permite regularizar sus obligaciones sin recurrir a reembolsos complicados. Al mismo tiempo, refuerza la transparencia y el buen manejo de los recursos públicos, evitando que los contribuyentes paguen más de lo debido. Fuente: Código Tributario. (2023). Registro Oficial Suplemento 38. Ecuador.Blog escrito por la Consultora Carolina VelascoMiércoles, 25 de Septiembre del 2024 

¿Qué son los delitos de lesa humanidad?

El artículo 89 del COIP considera como delitos de lesa humanidad aquellos actos que se cometen en el contexto de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, llevado a cabo por el Estado, una organización política o bajo su autorización, apoyo o aquiescencia. Estos delitos tienen una naturaleza especialmente grave, ya que buscan, en muchos casos, someter o destruir a grupos de personas mediante la comisión de crímenes atroces.Tipos de delitos de lesa humanidad en el COIPEl artículo especifica varios tipos de crímenes que caen bajo esta categoría, incluyendo:Ejecuciones extrajudiciales: Asesinatos cometidos sin un juicio previo o fuera del marco legal.Esclavitud: La privación de libertad y la explotación de seres humanos.Desplazamiento forzado de la población: El traslado de personas de sus hogares sin una justificación válida para proteger sus derechos.Privación ilegal o arbitraria de libertad: Detenciones sin justificación legal o fuera de los procesos judiciales establecidos.Tortura, violación sexual y prostitución forzada: Actos de violencia que afectan la integridad física y emocional de las personas, con el fin de someterlas o castigarlas.Inseminación no consentida y esterilización forzada: Violaciones a la integridad sexual y reproductiva de las víctimas.Desaparición forzada: Privar a una persona de su libertad y ocultar su paradero, lo que crea un estado de incertidumbre sobre su destino.Sanciones por delitos de lesa humanidadLa gravedad de estos delitos se refleja en la sanción impuesta por la ley ecuatoriana. Según el artículo 89 del COIP, los responsables de cometer alguno de estos delitos recibirán una pena privativa de libertad de 26 a 30 años. Esta es una de las penas más severas dentro de la legislación ecuatoriana, lo que refleja el compromiso del Estado con la protección de los derechos humanos y la erradicación de actos que atenten contra la dignidad humana.En conclusión el reconocimiento y sanción de los delitos de lesa humanidad en el COIP refuerza la responsabilidad del Ecuador en la protección de los derechos fundamentales de su población. Este artículo no solo cumple con las normativas nacionales, sino también con los estándares internacionales de derechos humanos. Además, envía un mensaje claro: el Estado y cualquier otra organización que atente contra la población civil será duramente castigada.Referencia Código Orgánico Integral Penal (2024). Registro Oficial Suplemento 180. EcuadorBlog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 23 de Septiembre del 2024 

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