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La Compañía en Nombre Colectivo y su Régimen Jurídico

La Ley de Compañías del Ecuador establece diferentes formas societarias que permiten a los ciudadanos organizar sus actividades comerciales de manera formal y estructurada. Entre ellas, la compañía en nombre colectivo destaca por su naturaleza personalista y la responsabilidad ilimitada de los socios. El Artículo 36 de esta ley describe las características y requisitos esenciales para su constitución, que se basan en la confianza entre los socios y la transparencia frente a terceros.El Artículo 36 define que una compañía en nombre colectivo puede ser constituida por una o más personas naturales que desarrollan actividades comerciales bajo una razón social. Esta razón social está formada por los nombres de todos o algunos de los socios, seguidos de la frase “y compañía”, lo que refleja la identidad de quienes conforman la sociedad.Un aspecto esencial es que únicamente los nombres de los socios pueden incluirse en la razón social, asegurando que los terceros conozcan exactamente quiénes son los responsables de la empresa. Esto es relevante porque los socios de una compañía en nombre colectivo asumen una responsabilidad ilimitada por las deudas y obligaciones de la sociedad, lo que significa que no solo el patrimonio de la empresa está en juego, sino también el patrimonio personal de los socios.La compañía en nombre colectivo es una estructura jurídica que resalta la confianza y el compromiso personal entre los socios. El Artículo 36 de la Ley de Compañías garantiza que los nombres de quienes forman parte de la sociedad sean visibles, lo que fomenta la transparencia y fortalece las relaciones comerciales. Este tipo de sociedad es ideal para grupos pequeños de empresarios que desean un alto grado de confianza y responsabilidad compartida en sus negocios. Fuente: Ley de Compañías. (2023). Registro oficial Suplemento 312. Ecuador Blog escrito por la Consultora Carolina VelascoViernes, 04 de Octubre del 2024

¿CÓMO SE CONSTITUYEN LAS COMPAÑÍAS?

El derecho mercantil en Ecuador ofrece diversas formas para la creación de compañías que permiten a los ciudadanos participar en la vida económica del país. El Artículo 1 de la Ley de Compañías establece los cimientos para la constitución de estas entidades, ya sea mediante un contrato entre dos o más personas o por acto unilateral. Estas alternativas proporcionan flexibilidad a empresarios y emprendedores, permitiendo que se adapten a las realidades del mercado y a las necesidades de quienes desean emprender.Este artículo no solo define las formas de constitución de las compañías, sino que también regula cómo estas se rigen, estableciendo una conexión entre la Ley de Compañías, el Código de Comercio y el Código Civil. De esta manera, se asegura que las empresas operen dentro de un marco legal que ofrezca seguridad jurídica y transparencia.El Artículo 1 de la Ley de Compañías contempla dos mecanismos principales para la constitución de una compañía: el contrato entre varias personas o el acto unilateral. En el primer caso, las personas naturales o jurídicas unen capitales, trabajo o conocimiento con el fin de desarrollar operaciones mercantiles. Este tipo de constitución es más común en sociedades, donde los socios colaboran en la gestión y disfrutan de las utilidades de manera proporcional a sus aportaciones.El segundo mecanismo, el acto unilateral, permite que una sola persona natural o jurídica pueda constituir una compañía individualmente. Este mecanismo se adapta a las necesidades de pequeños empresarios o emprendedores que no cuentan con socios, pero que aún desean formalizar sus actividades comerciales. La creación de compañías unipersonales ha ganado popularidad, ya que facilita la independencia y el control total sobre las operaciones mercantiles, mientras que se disfruta de los beneficios de una estructura jurídica más formal. Sin embargo, existen compañías que no se pueden crear unilateralmente y requieren de pluralidad de socios.Ambos mecanismos, tanto el contrato como el acto unilateral, están sujetos a un marco normativo compuesto por la Ley de Compañías, el Código de Comercio y el Código Civil. Estas normativas proporcionan un conjunto de reglas claras que regulan la creación, el funcionamiento y la disolución de las compañías, garantizando que los derechos y obligaciones de los involucrados estén claramente establecidos y que las actividades comerciales se realicen de manera justa y transparente.Además, es importante destacar que, según este artículo, las compañías no solo se constituyen para la participación en utilidades, sino también para emprender en actividades mercantiles. Esto subraya el papel fundamental de las empresas en la economía, ya que no solo buscan el beneficio económico de sus propietarios, sino que también contribuyen al desarrollo del mercado y la generación de empleo.El Artículo 1 de la Ley de Compañías en Ecuador es una pieza clave del derecho mercantil, ya que establece las dos formas principales para la constitución de una compañía: el contrato entre varios socios y el acto unilateral. Este marco legal ofrece flexibilidad y adaptabilidad a los emprendedores, permitiendo tanto la colaboración entre socios como la posibilidad de emprender individualmente. Asimismo, el artículo vincula la constitución de las compañías con normas más amplias del Código de Comercio y el Código Civil, asegurando que las actividades empresariales se desarrollen dentro de un entorno legal transparente y seguro.Este artículo resalta la importancia de las compañías como actores esenciales en la economía, no solo para la generación de utilidades, sino también como vehículos de desarrollo mercantil. Con una regulación clara y eficiente, se asegura que tanto los pequeños emprendedores como las grandes corporaciones puedan operar de manera responsable, contribuyendo al crecimiento económico y social del país. Fuente: LEY DE COMPAÑÍAS. (2023). Registro Oficial Suplemento 312. Ecuador.Blog escrito por la Consultora Carolina Velasco02 de Octubre del 2024

Nulidad del Acto Administrativo

 El Código Orgánico Administrativo del Ecuador establece un marco legal para regular la administración pública y sus actos, asegurando que estos se ajusten a la ley y a los principios constitucionales. Entre sus diversas disposiciones, el Artículo 228 se enfoca en la nulidad del acto administrativo y describe las reglas para proceder en estos casos. A continuación, analizaremos en detalle el contenido y las implicaciones de este artículo.¿Qué es la nulidad del acto administrativo?La nulidad de un acto administrativo implica que este carece de validez desde su origen, es decir, que dicho acto nunca tuvo efectos legales. Esta situación puede surgir por múltiples razones, entre ellas, la violación de derechos fundamentales, la falta de competencia del órgano emisor o la omisión de procedimientos esenciales.El Artículo 228 del Código Orgánico Administrativo describe los pasos a seguir cuando se declara la nulidad de un acto administrativo. Este artículo define dos posibles escenarios para abordar esta nulidad:1.      Resolución sobre el fondo del asuntoCuando se declara la nulidad de un acto administrativo y no se requieren actuaciones adicionales (es decir, no hay necesidad de hacer más acciones o investigaciones), el órgano que resuelve el recurso debe resolver directamente sobre el fondo del asunto. Esto significa que el ente puede tomar una decisión final sin la necesidad de delegar o requerir nuevas gestiones.Este escenario es ideal cuando el problema puede resolverse directamente en la resolución del recurso, ya que permite una solución rápida y directa sin más dilaciones.2.      Actuaciones adicionales y emisión de un acto administrativo sustitutivoEl segundo escenario se presenta cuando la nulidad del acto administrativo requiere de actuaciones adicionales que no pueden ser realizadas por el órgano que resuelve el recurso, sea por razones de hecho o de derecho. En este caso, el órgano competente debe corregir los vicios que causaron la nulidad y, posteriormente, emitir un acto administrativo sustitutivo que se ajuste a las disposiciones legales correspondientes.Es importante destacar que en este supuesto, los servidores públicos que intervinieron en la expedición del acto declarado nulo no pueden intervenir en la ejecución de la resolución del recurso. Esto garantiza imparcialidad y previene posibles conflictos de interés en la corrección del acto viciado.En conclusión el Artículo 228 del Código Orgánico Administrativo del Ecuador establece procedimientos claros para manejar la nulidad de actos administrativos. A través de sus dos disposiciones, el código garantiza que los actos administrativos defectuosos sean corregidos o reemplazados de manera adecuada, preservando la legalidad y los principios de la administración pública.Es esencial que los servidores públicos y los ciudadanos comprendan estos mecanismos, ya que son herramientas clave para proteger derechos y asegurar la correcta actuación de los órganos del Estado.Si bien los procedimientos pueden variar dependiendo de la naturaleza del caso, lo central es que cualquier acto nulo sea tratado con diligencia, garantizando siempre la observancia de la ley y los derechos de las personas afectadas.Referencias Código Orgánico Administrativo (2024). Registro Oficial Suplemento 31Blog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 30 de Septiembre del 2024. 

Conformidad de las Mercaderías y Pretensiones de Terceros

El Código de Comercio ecuatoriano establece una serie de normas que regulan las relaciones entre vendedores y compradores en el ámbito mercantil. Estas disposiciones están diseñadas para garantizar que las mercaderías entregadas cumplan con las especificaciones del contrato y que no estén sujetas a reclamos o derechos de terceros. A continuación, analizamos los artículos 311 al 319, que abordan la conformidad de las mercaderías y las responsabilidades del vendedor y el comprador en relación con las pretensiones de terceros. Conformidad de las MercaderíasEl artículo 311 establece que las obligaciones mercantiles no pueden rescindirse por causa de lesión, salvo en los casos de compraventa de bienes inmuebles o en lo relacionado con los vicios redhibitorios contemplados en el Código Civil. Esto significa que, en general, las obligaciones derivadas de contratos mercantiles son de carácter firme y no pueden disolverse por la mera alegación de un perjuicio económico. Sin embargo, las mercaderías deben cumplir con lo pactado en el contrato.El artículo 312 exige que el vendedor entregue mercaderías cuya cantidad, calidad y tipo correspondan a lo estipulado en el contrato, y que estén adecuadamente envasadas o embaladas según lo pactado. Esta disposición es crucial, ya que asegura que el comprador reciba exactamente lo que acordó en términos de especificaciones y condiciones físicas.Además, el artículo 313 establece las condiciones de conformidad de las mercaderías, salvo que las partes acuerden lo contrario. Las mercaderías deben:- Ser aptas para el uso ordinario.- Ser aptas para cualquier uso especial que el comprador haya comunicado al vendedor.- Poseer las cualidades de la muestra o modelo presentado.- Estar adecuadamente envasadas o embaladas para su conservación y protección.Estas condiciones son fundamentales para garantizar que el comprador obtenga mercaderías adecuadas para su propósito, ya sea un uso general o específico. Responsabilidad del Vendedor y del CompradorEl artículo 314 limita la responsabilidad del vendedor en caso de que el comprador conociera o no hubiera podido ignorar la falta de conformidad en el momento de la celebración del contrato. Esto protege al vendedor de reclamos injustos si el comprador estaba al tanto de las deficiencias en las mercaderías.El artículo 315 amplía la responsabilidad del vendedor, ya que este es responsable de toda falta de conformidad que exista en el momento en que el riesgo se transmite al comprador. Incluso si la falta se manifiesta después de ese momento, el vendedor puede ser responsable si la inconformidad deriva del incumplimiento de sus obligaciones o de una garantía pactada.Este artículo también abarca las garantías que el vendedor podría haber otorgado, como que las mercaderías seguirán siendo aptas para su uso ordinario o especial durante un período determinado. Así, el vendedor tiene la obligación de cumplir con cualquier promesa o expectativa razonable que se haya generado al momento de la transacción. El Derecho de Examen y la Pérdida del ReclamoEl artículo 316  impone al comprador la obligación de examinar las mercaderías dentro de los siete días posteriores a su entrega, salvo que se pacte lo contrario. Si el comprador no realiza el examen dentro de este plazo, podría perder el derecho a reclamar por inconformidad, a menos que haya circunstancias excepcionales, como el transporte prolongado de las mercaderías a su destino.El artículo 317 es claro al señalar que el comprador pierde el derecho a reclamar la inconformidad de las mercaderías si no lo comunica al vendedor dentro del plazo indicado. Esto fomenta la diligencia del comprador al recibir las mercaderías, evitando demoras que puedan afectar a ambas partes. Derechos y Obligaciones del Comprador y del VendedorEl artículo 318 otorga al comprador la facultad de rechazar mercaderías que no sean conformes al contrato. No obstante, si el comprador acepta las mercaderías, la venta se considera consumada para los bienes recibidos. En estos casos, el comprador puede exigir al vendedor que entregue mercaderías acordes al contrato o, en su defecto, solicitar una indemnización por los perjuicios sufridos debido al incumplimiento.Finalmente, el artículo 319 establece que el vendedor debe entregar las mercaderías libres de gravámenes, derechos o pretensiones de terceros, salvo que el comprador acepte expresamente estas condiciones. Este artículo protege al comprador de posibles litigios o reclamos por terceros que puedan afectar su derecho de propiedad sobre las mercaderías adquiridas.Conclusión Estos artículos del Código de Comercio ecuatoriano buscan equilibrar los derechos y obligaciones de ambas partes en una transacción mercantil. Por un lado, se asegura que el comprador reciba las mercaderías conforme a lo pactado, y por otro lado, protege al vendedor de reclamos infundados, siempre y cuando haya cumplido con sus obligaciones contractuales. La claridad en las responsabilidades y derechos de las partes contribuye a una mayor seguridad jurídica en el comercio. Fuente: Código de Comercio. (2023).Registro Oficial Suplemento No.497.Ecuador. Blog escrito por la Consultora Camila ProañoViernes, 27 de Septiembre del 2024

Compensación de Deudas y Créditos Tributarios en el Ecuador

La legislación tributaria ecuatoriana contempla diversas herramientas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para garantizar una administración eficiente y justa de los tributos. Entre ellas, la compensación de deudas y créditos tributarios, prevista en el Art. 51 del Código Tributario, juega un rol fundamental en el alivio de la carga tributaria de los contribuyentes. Esta normativa establece la posibilidad de que las deudas tributarias sean compensadas con créditos líquidos a favor del contribuyente, generados por pagos en exceso o indebidos de tributos, siempre que estos sean reconocidos por la autoridad competente o por el Tribunal Distrital de lo Fiscal. Este mecanismo busca un equilibrio entre las obligaciones fiscales del contribuyente y la justicia tributaria.El Artículo 51 del Código Tributario establece que las deudas tributarias, es decir, las obligaciones pendientes de pago del contribuyente, pueden ser compensadas de manera total o parcial. Esto puede ocurrir de oficio, es decir, por iniciativa de la administración tributaria, o a petición de parte, es decir, por solicitud del propio contribuyente. Esta compensación se realizará únicamente si el contribuyente posee créditos líquidos, los cuales son montos claros y determinados que han sido pagados en exceso o indebidamente en concepto de tributos.Para que esta compensación sea válida, los créditos deben cumplir ciertos requisitos:            1.         Reconocimiento del crédito: Los créditos deben haber sido reconocidos por la autoridad administrativa competente (como el Servicio de Rentas Internas - SRI) o, en caso de controversia, por el Tribunal Distrital de lo Fiscal. Este reconocimiento es vital, ya que asegura que el crédito realmente existe y es exigible por el contribuyente.            2.         Créditos no prescritos: Los créditos deben estar dentro del período de vigencia legal y no haber prescrito, es decir, deben ser exigibles dentro del tiempo establecido por la ley.            3.         Administración por el mismo organismo: Los tributos involucrados, tanto las deudas como los créditos, deben ser administrados por el mismo organismo, lo que facilita la coordinación en la gestión y aplicación de la compensación. Este mecanismo resulta especialmente beneficioso para los contribuyentes que, debido a errores administrativos o situaciones particulares, han realizado pagos superiores a los exigidos por la ley. De este modo, no es necesario realizar trámites adicionales para solicitar la devolución del dinero, sino que se puede optar por una compensación directa que alivie de inmediato las obligaciones tributarias pendientes.La compensación de deudas y créditos tributarios, regulada en el Art. 51 del Código Tributario ecuatoriano, es una herramienta eficaz que favorece tanto a la administración tributaria como a los contribuyentes. Permite la optimización de recursos y la simplificación de procesos, reduciendo la carga administrativa y ofreciendo a los contribuyentes un mecanismo de justicia fiscal que les permite regularizar sus obligaciones sin recurrir a reembolsos complicados. Al mismo tiempo, refuerza la transparencia y el buen manejo de los recursos públicos, evitando que los contribuyentes paguen más de lo debido. Fuente: Código Tributario. (2023). Registro Oficial Suplemento 38. Ecuador.Blog escrito por la Consultora Carolina VelascoMiércoles, 25 de Septiembre del 2024 

¿Qué son los delitos de lesa humanidad?

El artículo 89 del COIP considera como delitos de lesa humanidad aquellos actos que se cometen en el contexto de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, llevado a cabo por el Estado, una organización política o bajo su autorización, apoyo o aquiescencia. Estos delitos tienen una naturaleza especialmente grave, ya que buscan, en muchos casos, someter o destruir a grupos de personas mediante la comisión de crímenes atroces.Tipos de delitos de lesa humanidad en el COIPEl artículo especifica varios tipos de crímenes que caen bajo esta categoría, incluyendo:Ejecuciones extrajudiciales: Asesinatos cometidos sin un juicio previo o fuera del marco legal.Esclavitud: La privación de libertad y la explotación de seres humanos.Desplazamiento forzado de la población: El traslado de personas de sus hogares sin una justificación válida para proteger sus derechos.Privación ilegal o arbitraria de libertad: Detenciones sin justificación legal o fuera de los procesos judiciales establecidos.Tortura, violación sexual y prostitución forzada: Actos de violencia que afectan la integridad física y emocional de las personas, con el fin de someterlas o castigarlas.Inseminación no consentida y esterilización forzada: Violaciones a la integridad sexual y reproductiva de las víctimas.Desaparición forzada: Privar a una persona de su libertad y ocultar su paradero, lo que crea un estado de incertidumbre sobre su destino.Sanciones por delitos de lesa humanidadLa gravedad de estos delitos se refleja en la sanción impuesta por la ley ecuatoriana. Según el artículo 89 del COIP, los responsables de cometer alguno de estos delitos recibirán una pena privativa de libertad de 26 a 30 años. Esta es una de las penas más severas dentro de la legislación ecuatoriana, lo que refleja el compromiso del Estado con la protección de los derechos humanos y la erradicación de actos que atenten contra la dignidad humana.En conclusión el reconocimiento y sanción de los delitos de lesa humanidad en el COIP refuerza la responsabilidad del Ecuador en la protección de los derechos fundamentales de su población. Este artículo no solo cumple con las normativas nacionales, sino también con los estándares internacionales de derechos humanos. Además, envía un mensaje claro: el Estado y cualquier otra organización que atente contra la población civil será duramente castigada.Referencia Código Orgánico Integral Penal (2024). Registro Oficial Suplemento 180. EcuadorBlog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 23 de Septiembre del 2024 

Consideraciones de la Filiación en el Ecuador

El Código Civil establece normas claras sobre el reconocimiento de la filiación, regulando los derechos y obligaciones entre padres e hijos, y las implicaciones legales en cuanto a herencias y otros derechos patrimoniales. La filiación no solo establece la relación biológica entre padres e hijos, sino también las responsabilidades y derechos jurídicos que de esta relación se derivan. Formas de Establecimiento de la FiliaciónEl Artículo 24 del Código Civil define las formas en que se puede establecer la filiación, y por lo tanto, las paternidad y maternidad:1. Filiación por matrimonio o unión de hecho: Si una persona es concebida dentro del matrimonio legítimo (o putativo) de sus padres, o dentro de una unión de hecho estable y monogámica reconocida legalmente, automáticamente se establece la filiación. Este tipo de filiación tiene un peso fuerte en el ordenamiento jurídico porque no requiere reconocimiento explícito, sino que se infiere del estado civil de los padres en el momento de la concepción del hijo.2. Reconocimiento voluntario: Si no existe matrimonio entre los padres, la filiación puede establecerse mediante el reconocimiento voluntario por parte del padre o la madre, o de ambos. Este reconocimiento es un acto formal mediante el cual uno de los progenitores reconoce legalmente al hijo como suyo.3. Declaración judicial: Finalmente, si no se ha dado el reconocimiento voluntario, la filiación puede ser declarada judicialmente. Este procedimiento ocurre cuando se presenta una demanda que busca establecer la filiación a través de un proceso judicial, normalmente basado en pruebas como el ADN.  Impugnación de la FiliaciónEl artículo 233A del Código Civil regula la impugnación de la filiación, ya sea de paternidad o maternidad. Esta acción puede ser ejercida por varias personas según el artículo:1. El verdadero padre o madre: Si una persona se considera el verdadero progenitor del hijo y desea impugnar la filiación de quien está registrado como tal, puede iniciar el proceso de impugnación.2. El hijo: El propio hijo tiene derecho a impugnar la filiación si existen razones para dudar de la veracidad del parentesco registrado.3. La persona registrada como padre o madre: El padre o madre que está registrado legalmente también tiene el derecho de impugnar la filiación, si considera que dicha filiación es incorrecta o falsa.4. Personas con derechos sucesorios: Las personas que podrían verse perjudicadas en sus derechos de herencia por una filiación incorrecta pueden impugnar la filiación dentro de un plazo de 180 días contados desde la defunción del padre o madre. Este plazo es crucial, ya que limita el tiempo en el que los herederos pueden intentar corregir la filiación para proteger sus derechos patrimoniales. Restricción al Reconocimiento VoluntarioEl artículo 242A establece una limitación importante al reconocimiento voluntario de la filiación. No se admitirá ningún reconocimiento voluntario que contradiga una filiación ya existente. En caso de que un reconocimiento de este tipo se realice, no podrá inscribirse, y si de hecho se llegara a inscribir, dicha inscripción sería nula. Este artículo protege la estabilidad del estado civil y busca evitar conflictos entre distintos reconocimientos de filiación, asegurando que no haya confusión en el registro civil.  Pruebas de ADN en Juicios de FiliaciónEl artículo 258 establece que, en caso de una demanda de investigación de filiación, si el demandado niega la paternidad o maternidad, el actor puede solicitar al juez la realización de una prueba de ADN. En este contexto, si el demandado se niega a someterse a dicha prueba, la filiación será presumida de hecho. Esta norma es crucial en los litigios sobre filiación, ya que otorga un peso probatorio significativo a las pruebas genéticas, asegurando que el proceso sea justo y basado en evidencia científica.  Sucesión y FiliaciónEl artículo 1030 del Código Civil aborda la sucesión hereditaria en caso de que el difunto no haya dejado descendencia. En este caso, la herencia se divide entre los ascendientes más cercanos y el cónyuge. La filiación juega un papel importante aquí, ya que si la filiación del difunto solo está establecida con respecto a uno de los padres, ese padre recibirá la porción correspondiente. Si ambos padres tienen filiación establecida, la herencia se divide equitativamente entre ellos. Además, si hay varios ascendientes en el mismo grado, la herencia se divide por partes iguales entre ellos. Este artículo muestra cómo la filiación influye directamente en los derechos sucesorios, afectando la distribución de bienes tras el fallecimiento de una persona. ConclusiónEl establecimiento de la filiación según el Código Civil tiene un impacto significativo en la vida de las personas, tanto desde el punto de vista de los derechos personales como de los patrimoniales. Los mecanismos de reconocimiento voluntario, judicial y las impugnaciones, junto con la importancia de las pruebas genéticas, aseguran que la filiación sea un reflejo lo más preciso posible de la realidad biológica y social. La filiación, además, influye directamente en los derechos sucesorios, regulando quiénes tienen derecho a heredar en función de la relación jurídica entre padres e hijos.  Fuente: Código Civil. (2024).Registro Oficial Suplemento No.46. Ecuador.Blog escrito por la Consultora Camila Proaño Viernes, 20 de Septiembre del 2024.

La Capacidad Mercantil en el Código de Comercio

Requisitos y Limitaciones:El Código de Comercio ecuatoriano establece una serie de disposiciones relacionadas con la CAPACIDAD MERCANTIL, es decir, quiénes están habilitados legalmente para ejercer actividades comerciales o empresariales. Estas disposiciones buscan proteger a los menores, personas con capacidades limitadas y otros grupos vulnerables, al tiempo que definen responsabilidades claras para quienes participan en el comercio.  1. Capacidad General para Ejercer Actividad Mercantil  El Artículo 39 del Código de Comercio señala que cualquier persona que tenga capacidad para contratar según las disposiciones del Código Civil puede ejercer actividades mercantiles o comerciales. No obstante, para ciertos tipos de empresas o actividades específicas, la ley puede imponer requisitos adicionales. Esto asegura que solo quienes cumplan con ciertas cualificaciones puedan operar en áreas comerciales que requieran habilidades o certificaciones específicas.  2. Restricciones para Ejercer el Comercio El Artículo 40  introduce limitaciones para ciertas personas. No pueden actuar como comerciantes o empresarios:  a) Los servidores públicos a quienes la ley prohíbe realizar actividades comerciales o empresariales. Esto tiene como fin evitar conflictos de interés y garantizar la imparcialidad en el desempeño de sus funciones. b) Los quebrados e insolventes que no han obtenido su rehabilitación. Esta medida protege a los acreedores y al sistema financiero de la participación de personas que han demostrado ser incapaces de gestionar sus obligaciones comerciales.  3. Capacidad de los Menores y Personas Bajo Guarda  El Artículo 41  aclara que las personas que no tienen capacidad para contratar bajo las leyes comunes tampoco pueden ejercer actividades comerciales, con ciertas excepciones que se detallan en los artículos siguientes.  El Artículo 42 establece que los menores emancipados, es decir, aquellos que han sido legalmente liberados de la autoridad parental, pueden ejercer actividades comerciales bajo las limitaciones establecidas por la legislación civil. Además, los menores no emancipados pueden tener intereses en empresas mercantiles (ya sea por donación, herencia, legado u otros medios), pero dichas actividades serán gestionadas a través de su representante legal.  4. Responsabilidad de los Comerciantes El Artículo 43 impone una responsabilidad significativa sobre los comerciantes y empresarios, quienes responderán por sus obligaciones comerciales con todos sus bienes presentes y futuros, a excepción de los bienes inembargables conforme a las leyes civiles. Esto subraya la seriedad con la que el legislador trata las obligaciones derivadas de las actividades comerciales.   5. Actos Comerciales y Responsabilidad conyugal El Artículo 44 trata sobre la responsabilidad compartida en el caso de los cónyuges. Si no hay disolución de la sociedad conyugal o capitulaciones matrimoniales que separen los bienes del cónyuge comerciante, los actos mercantiles de uno de los cónyuges obligan a la sociedad conyugal. Si existen acuerdos que excluyen los bienes del comercio, solo el comerciante será responsable de sus actos con sus bienes propios.  6. Ejercicio del Comercio por Menores Emancipados El Artículo 45 establece que los menores emancipados que cumplen con la edad mínima para trabajar pueden ejercer el comercio siempre que tengan la autorización de su tutor. Esta autorización puede ser formalizada mediante escritura pública y registrada, pero se presume que existe si el menor ejerce públicamente el comercio sin que haya oposición de su tutor.  7. Capacidad Plena de los Menores Autorizados Según el Artículo 46, los menores emancipados autorizados para trabajar son considerados plenamente capaces en el ámbito comercial. Pueden, por ejemplo, comparecer en juicios y realizar actos importantes, como hipotecar o vender bienes inmuebles, con las formalidades requeridas por la ley.  8. Obligaciones de los Menores Administradores de Peculio Finalmente, el Artículo 47 aclara que los menores que administran su peculio profesional (es decir, sus recursos personales) están sujetos a las leyes de comercio, y solo responderán por sus actos comerciales hasta el monto de dicho peculio.  Conclusión El Código de Comercio regula detalladamente la capacidad mercantil, asegurando que quienes participen en el ámbito empresarial cumplan con los requisitos legales y se responsabilicen adecuadamente de sus actos. Estas disposiciones buscan proteger tanto a los comerciantes como a las personas con las que interactúan en el curso de sus actividades, manteniendo un equilibrio entre la capacidad individual y las responsabilidades legales. Fuente: Código de Comercio.(2023).Registro Oficial Suplemento No.497.Ecuador.Blog escrito por la Consultora Camila ProañoMiércoles, 18 de Septiembre del 2024.

El Código del Ambiente de Ecuador y la Responsabilidad Ambiental

En la actualidad, la responsabilidad ambiental es uno de los temas más cruciales en el ámbito del derecho, especialmente en países con tanta biodiversidad y riqueza natural como Ecuador. La legislación ecuatoriana ha establecido un marco normativo sólido para proteger el medio ambiente y garantizar que quienes causen daños ambientales asuman sus responsabilidades. Uno de los artículos más importantes en este sentido es el Artículo 290 del Código del Ambiente de Ecuador, que aborda la atribución de responsabilidad por la generación de daños ambientales.Atribución de Responsabilidad Ambiental en EcuadorEl Artículo 290 establece las reglas y principios bajo los cuales se determina quién es responsable de los daños al medio ambiente. Esta normativa es crucial, ya que asegura que tanto personas naturales como jurídicas, que realicen actividades económicas que causen perjuicios a la naturaleza, rindan cuentas por sus acciones.1.      Responsabilidad extendida en grupos empresarialesSi una persona jurídica (empresa) es parte de un grupo de sociedades, y alguna de estas empresas causa daños ambientales, la responsabilidad puede extenderse a la sociedad matriz, siempre y cuando esta tenga capacidad de decisión sobre las otras compañías del grupo. Esto es particularmente importante en casos donde se detectan fraudes o abusos a la ley por parte de estas empresas. De esta manera, se evita que las empresas eludan responsabilidades escudándose detrás de estructuras corporativas complejas.2.      Responsabilidad de los administradoresEl Código del Ambiente no solo señala a las empresas, sino también a las personas naturales o jurídicas que tengan control sobre la actividad que causa el daño. Esto incluye a los administradores y representantes legales de las empresas, quienes serán responsables solidariamente por los daños ambientales generados durante su gestión. Esta disposición es una llamada de atención para que quienes están al frente de las compañías actúen de manera ética y responsable.3.      Responsabilidad solidaria entre causantesEn los casos en que varias personas o entidades sean responsables de un mismo daño ambiental, la normativa establece que la responsabilidad será solidaria. Esto significa que cualquiera de los involucrados puede ser obligado a asumir el total de la responsabilidad, aunque luego pueda reclamar a los demás responsables su parte correspondiente. Este principio busca garantizar que no haya impunidad en casos donde múltiples actores causen un daño conjunto.4.      Responsabilidad heredadaEl artículo también contempla la eventualidad de la muerte de la persona natural responsable de los daños. En estos casos, las obligaciones económicas pendientes no desaparecen, sino que se transmiten de acuerdo a la ley. Esto asegura que los daños causados no queden sin respuesta, incluso si el responsable fallece.5.      Extinción de la persona jurídicaFinalmente, si una empresa responsable de daños ambientales se extingue, sus socios o accionistas deberán asumir las obligaciones económicas pendientes. Esta disposición es clave para evitar que las empresas se disuelvan con el fin de evitar pagar por los daños que hayan causado.En conclusión el Código del Ambiente de Ecuador, y en particular su Artículo 290, establece un marco robusto para garantizar que quienes causen daños ambientales asuman su responsabilidad. Este enfoque es esencial para la protección del medio ambiente en un país tan biodiverso como Ecuador. La responsabilidad solidaria, la transmisión de obligaciones y la posibilidad de extender la responsabilidad a sociedades matrices son mecanismos que refuerzan la protección ambiental y evitan que las empresas o personas puedan eludir sus obligaciones.Como ciudadanos y empresas, es fundamental tomar conciencia de la importancia de estas normativas y trabajar en pro de un desarrollo económico que sea sostenible y respetuoso con el entorno natural. La naturaleza es un patrimonio de todos, y su preservación es una responsabilidad compartida.Referencia Código del Ambiente (2024). Registro oficial Suplemento 983Blog escrito por la Consultora Emelin QuishpeLunes, 16 de Septiembre del 2024 

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